GRUPOS, COFRADÍAS Y HERMANDADES DE LA PARROQUIA
A continuación describimos datos, contactos y actividades de los grupos organizados en la Catedral de Santo Domingo de Guzmán, Cobán, A.V.

DIÓCESIS DE VERAPAZ
Esta comunidad católica de Verapaz nació cuando entraron los primeros misioneros dominicos a evangelizar a nuestros antepasados. Eso sucedió en el año 1543.
Los cuatro jefes quichés les apoyaron, principalmente Don GASPAR de Rabinal.
Pero antes fue necesario que FR. BARTOLOME DE LAS CASAS llegara a un acuerdo con las autoridades españolas para que salieran todos los soldados españoles que habían entrado antes.
Estos son los nombres de los primeros misioneros:
+ Fr. Luis de Cáncer
+ Fr. Pedro de Angula
+ Fr. Domingo de Vico
+ Fr. Domingo de Azcona
+ Fr. Matías de Paz
+ Fr. Juan de Torres
“De una manera pacifica y cristiana, sin estrépito de ejércitos, con las solas armas de la Palabra de Cristo, con mansedumbre y suavidad, atrajimos a la fe algunas provincias tezulutanas” . P. las Casas
Algunas fechas importantes.
Año 1,547
El rey de España da el nombre de Vera Paz a esta región: " ... por la presente mando que ahora y de aquí en adelante las dichas provincias que estaban en guerra y que ya los dichos religiosos han traído y traerán a la paz, se llamen e intitulen de la Vera Paz".
Año 1,555. Primeros Mártires:
Fr. Domingo de Vico, Fr. Andrés López y 30 indígenas acaláes mueren cuando otros grupos de acaláes y lacandones quemaron el rancho donde estaban reunidos.
Año 1,560. Se funda la Diócesis de Verapaz:
+ Fr. Pedro de Angulo es nombrado primer Obispo. Muere dos años más tarde en Salamá, donde está enterrado.
+ Fr. Tomás de Cárdenas, tercer Obispo, para fomentar el desarrollo de la región introdujo gallinas, cerdos, y ganado vacuno.
Año 1,608
Cuarenta y ocho (48) años después, y alegando la pobreza de la región, la escasez de habitantes y la proximidad a Guatemala, se suprimió la Diócesis y pasó a depender del Obispo de Guatemala.
Durante 327 años, estas parroquias dependieron de Guatemala.
Son los años en que los padres
• fundaron la mayoría de nuestros pueblos
• Mandaron a construir los templos
• Escribieron los primeros catecismos en nuestros idiomas
Después de la Independencia, los gobiernos liberales de Mariano Gálvez (1829 - 39) y Justo Rufino Barrios (1873 - 85) quitaron las propiedades a la Iglesia, expulsaron a los misioneros, cerraron los conventos y mandaron a llamar a los evangélicos. La evangelización se detuvo y las parroquias se quedaron abandonadas por casi 100 años.
Año 1,935
Hasta el año 1935, en tiempos de Jorge Ubico, en que se vuelve a restaurar la DIÓCESIS DE VERAPAZ.
Restauración de la Diócesis de Verapaz (1,935).
En este año, en que se restableció nuestra Diócesis, sólo había 5 sacerdotes para toda Verapaz y Petén, por las causas antes dichas de los gobiernos liberales. El pueblo se quedó muchos años sin sacerdotes ni catequistas. Por eso nuestros abuelitos casi sólo conocen “las costumbres”, que son las prácticas religiosas que ellos aprendieron y conservaron. En estas prácticas se mantuvo la fe católica.
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TRIBUNAL ECLESIÁSTICO
1. ¿Qué es el Tribunal Eclesiástico?
Es la institución competente para conocer, evaluar y dictaminar si procede la causa de nulidad de los matrimonios católicos.
2. ¿Qué es la nulidad matrimonial?
La Iglesia no otorga el divorcio sino la nulidad. Por lo tanto: la nulidad es la declaración pública, dictada por un tribunal eclesiástico, tras un proceso judicial por el cual declara que un matrimonio concreto nunca llegó a surgir, por ausencia de algún requisito necesario para su validez. La declaración de nulidad no anula un matrimonio valido, sino que reconoce que un matrimonio nunca fue contraído válidamente.
3. ¿Cuándo se puede solicitar el estudio de nulidad de un matrimonio?
El proceso de nulidad se puede pedir siempre que uno o ambos contrayentes tengan dudas razonables sobre la validez del matrimonio que se contrajo.
4. ¿Se paga por este proceso?
No. El papa Francisco ha querido establecer la gratuidad del proceso de nulidad. A los fieles que solicitan la nulidad se les pedirá una donación para gastos administrativos.
5. ¿Necesito un abogado en el área civil o religiosa para adelantar el proceso?
No es necesario contar con el acompañamiento de un abogado canonista o civil. Sin embargo, si una persona que está en un proceso de nulidad prefiere contar con la asesoría de un profesional autorizado por el Tribunal para adelantar las causas de nulidad, es libre de elegirlo; pero, los honorarios de este profesional deberán ser cubiertos por el interesado. Estos honorarios serán regulados por el Tribunal Eclesiástico con el fin de evitar cobros excesivos.
6. ¿Qué pasa con los hijos de los cónyuges después que el tribunal da un fallo positivo de nulidad?
La eventual declaración de nulidad de un matrimonio no afecta la legitimidad materna o paterna, ni exime tampoco a los padres del cumplimiento de sus deberes en el cuidado y la educación de los hijos.
7. ¿Dónde debo acudir para iniciar el proceso?
A su parroquia. Lo más aconsejable es dirigirse directamente a su parroquia, acordar una cita con el párroco para recibir la asesoría y el acompañamiento requeridos. Los fieles también pueden dirigirse al Tribunal Eclesiástico para solicitar más información.
8. ¿Cuánto dura el proceso de nulidad?
Los tiempos pueden variar, pero no son nunca excesivos. En promedio la resolución de una causa puede tardar entre 6 y 12 meses. GLOSARIO Exime: Dejar a una persona libre de obligaciones, cargas o culpas. Proceso Judicial: Conjunto de actuaciones que el Tribunal Eclesiástico realiza para determinar la nulidad de un matrimonio. Nulidad: Es la declaración de que un matrimonio no ha existido y no puede surtir efectos. Se diferencia del divorcio, por cuanto en este último se disuelve un matrimonio válido por voluntad de uno o ambos cónyuges. 4 Proceso de Nulidad: Un instrumento al servicio de la verdad sobre el matrimonio que sirve a la conciencia de los cónyuges para determinar sobre la validez o invalidez de su matrimonio. Tribunal Eclesiástico: En la Iglesia Católica, los tribunales eclesiásticos son organismos jurídicos donde se juzga con derecho propio y exclusivo las causas que se refieren a cosas espirituales, o relacionadas a ellas, así como la violación de las leyes eclesiásticas y todo aquello que contenga razón de pecado, por lo que se refiere a la determinación de la culpa y a la imposición de penas eclesiásticas. En cada diócesis y para todas las causas, exceptuadas aquellas señaladas expresamente por el Derecho Canónico, el juez de primera instancia es el Obispo, quien puede ejercer ésta potestad por sí mismo o por medio de otros. Precisamente el Tribunal Eclesiástico es el organismo que ayuda al Obispo en esta misión. Demandante: Persona (parte) que toma la iniciativa en un proceso o que pide algo en juicio (son sinónimos: actor, demandador, pars actrix) Demandado: Persona (parte) pasiva en un proceso judicial (son sinónimos: parte demandada, pars conventa) Demanda: Texto formulado por el demandante y somete al tribunal un capitulo (razón) de demanda. Causa: Contienda judicial; esto es, todo asunto entre partes que se sigue y ventila contradictoriamente ante un tribunal, en la forma establecida por las leyes, hasta su resolución definitiva.